Cartas de aviso
Algunas empresas están recibiendo cartas del Ministerio de Trabajo, pero no deben alarmarse…

Estas comunicaciones se envían tras la aplicación de un algoritmo que determina la posible existencia de contratos temporales que exceden de su duración máxima o la posible existencia de concatenación de contratos temporales que exceden los límites legales.
No obstante, dicho algoritmo puede estar incluyendo determinados contratos válidos (por ejemplo, de interinidad), por lo que no todas las situaciones expuestas en la misiva son necesariamente constitutivas de infracción. En consecuencia, la falta de transformación de esos contratos en indefinidos no supondrá la extensión automática de una sanción, sino que iniciará una actuación en la que el funcionario actuante valorará desde cero los datos obrantes en la Administración y la posible existencia de infracción.
Por tanto, si recibe una carta de este tipo, compruebe si los datos comunicados son ajustados a la realidad y constitutivos de infracción.
- Si se han superado las duraciones máximas de los contratos temporales o se ha producido una concatenación superior a la legalmente prevista, transforme dichos contratos en indefinidos para reducir las posibilidades de una actuación inspectora posterior.
- Si los contratos son correctos –los algoritmos a veces fallan–, no existe un trámite de alegaciones o impugnación contra la carta recibida. Además, como tampoco se ha iniciado una inspección, no haga nada: reserve sus argumentos para cuando se inicie la actuación inspectora. La falta de contestación no se podrá considerar un incumplimiento de un requerimiento previo que agrave la cuantía de la sanción.
Nuestros profesionales del área laboral analizarán los contratos existentes en su empresa y su adecuación a la normativa vigente.
-
Garantía de permanencia
En caso de despido, los representantes de los trabajadores tienen prioridad de permanencia en la empresa.
-
Por encima de convenio
Las empresas pueden pagar un sueldo superior al que marca el convenio. ¿Qué conceptos deben utilizar para abonar esas mejoras?
-
Permiso parental
Las personas trabajadoras pueden suspender su contrato hasta ocho semanas para el cuidado de hijos menores de ocho años.
contenido exclusivo